Redacción

El 28 de julio de 2023, el Poder Ejecutivo presentó el proyecto de ley “Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres – Niño Global, meritocracia e infraestructura social y calidad de proyectos”, firmado por Dina Ercilia Boluarte Zegarra, presidenta de la República, y Luis Alberto Otárola Peñaranda, presidente del Consejo de Ministros.

En su artículo 2, numeral 3, literal b), se menciona que, en materia de infraestructura social y calidad de proyectos, se busca “establecer un marco normativo respecto a la prestación de los servicios de saneamiento y la dotación de agua potable;…”.

Sin embargo, en la exposición de motivos —aunque se plantea modificar el Decreto Legislativo 1280 (Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento)— no se indica de manera explícita un ajuste o incremento de las tarifas de agua y saneamiento. Por el contrario, el énfasis se concentra en continuidad del servicio en emergencias, uso excepcional de recursos existentes, suspensión de sanciones regulatorias y corrección de vacíos legales.

Captura del proyecto de ley con firmas de Dina Boluarte y Luis Otárola
Captura: proyecto de ley presentado el 28/07/2023 (firmas de Dina Ercilia Boluarte Zegarra y Luis Alberto Otárola Peñaranda).

El dictamen en Constitución y el respaldo parlamentario

El proyecto pasó a la Comisión de Constitución y Reglamento, presidida entonces por Martha Moyano (Fuerza Popular). Bajo su presidencia, se emitió dictamen favorable, aprobado en la Primera Sesión Extraordinaria del 15 de setiembre de 2023.

La votación en comisión registró votos a favor de: Moyano Delgado, Marticorena Mendoza, Aguinaga Recuenco, Alegría García, Ventura Ángel, Juárez Gallegos, Camones Soriano, Alva Prieto, Paredes Gonzales, Tacuri Valdivia, Muñante Barrios, Gonzales Delgado, Elías Ávalos, Valer Pinto y Burgos Oliveros; y voto a favor con reservas de Reymundo Mercado, Echaíz de Núñez Ízaga y Aragón Carreño. Votaron en contra: Cerrón Rojas, Palacios Huamán, Taipe Coronado y Echeverría Rodríguez. No hubo abstenciones.

Captura del dictamen con detalle de votaciones en Comisión de Constitución
Captura: dictamen y votación en Comisión de Constitución y Reglamento (15/09/2023).

La votación en el Pleno y la Ley N.° 31880

El 20 de setiembre de 2023, el Pleno aprobó la delegación de facultades. El 23 de setiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.° 31880, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres – Niño Global, infraestructura social, calidad de proyectos y meritocracia.

Grupo parlamentario No Abstenciones Sin respuesta
Fuerza Popular18003
Perú Libre0800
Alianza para el Progreso5020
Cambio Democrático – Juntos por el Perú0700
Bloque Magisterial de Concertación Nacional7100
Renovación Popular8000
Avanza País – Partido de Integración Social8000
Podemos Perú5020
Acción Popular0041
Perú Bicentenario1220
Somos Perú4000
Unidad y Diálogo Parlamentario3001
No agrupados9430
Resumen de las votaciones del Pleno del Congreso. El 20 de setiembre de 2023, el Pleno aprobó la delegación de facultades legislativas, según el sentido de voto emitido por cada grupo parlamentario.

Del mandato legislativo al Decreto Legislativo N.° 1620

El 21 de diciembre de 2023 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo la dirección de Hania Pérez de Cuéllar, redactó y publicó el Decreto Legislativo N.° 1620, que modifica el Decreto Legislativo N.° 1280. Este decreto habilita y refuerza el incremento de tarifas de agua y saneamiento mediante rebalanceos, pese a que ese punto no habría sido anticipado en el proyecto de delegación de facultades remitido al Congreso.

Resultados en Arequipa: rebalanceo tarifario y recálculo del WACC

Arequipa. La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) sostiene que el incremento tarifario aplicado en Arequipa no se origina en una decisión discrecional de SEDAPAR, sino en un mandato normativo que se activa tras la delegación de facultades y el Decreto Legislativo N.° 1620. Según el regulador, esta norma obliga a ejecutar rebalanceos tarifarios en un plazo máximo de dos años desde su vigencia.

Conclusiones del Informe N.° 00306-2025-SUNASS-DRT sobre el reajuste tarifario de SEDAPAR
Conclusiones del INFORME N.° 00306-2025-SUNASS-DRT. La SUNASS precisa que el reajuste tarifario aplicado a SEDAPAR S.A. responde al mandato normativo del Decreto Legislativo N.° 1620, disponiendo el rebalanceo tarifario dentro del plazo máximo de dos años desde su vigencia.

El ajuste se sustenta, principalmente, en el recálculo de la tasa de descuento del estudio tarifario 2021–2026. Mientras el modelo vigente de SEDAPAR utilizaba un WACC real en soles de 4,45%, SUNASS aplicó la metodología obligatoria del Anexo V del Reglamento General de Tarifas y elevó la tasa a 6,56%. Este cambio, al reconocer un mayor costo de capital, altera el “equilibrio económico-financiero” del modelo tarifario y se traslada a la tarifa media.

Con ello, la tarifa media vigente (agua y alcantarillado) pasa de S/ 3,22 por m³ a S/ 3,66 por m³, lo que implica una variación estimada de +13,7%. SUNASS remarca que, por diseño legal, el rebalanceo tiene efectos “inmediatos” una vez aprobado y no espera el inicio de un nuevo periodo regulatorio.